A
PROPÓSITO DE ALGUNOS SUELTOS DE
“LA NUEVA REPÚBLICA”
El
presente texto tiene por objeto ser un comentario sobre algunos artículos del
periódico “La Nueva República”, primera
manifestación importante del Nacionalismo argentino[1].
Al analizar dichos artículos referidos a hechos concretos de la década del 20
se puede apreciar la perennidad de algunos conceptos allí expresados.
En el N° 3, del 1° de de enero de 1928,
Rodolfo Irazusta se refería a la situación del campo afirmando que lo primero que
el Estado debe proveer a la población rural es seguridad y justicia. “Una población sin magistrados no es una
ciudad...La seguridad y la justicia, (son) función primordial del Estado...”
Un número antes, el mismo editorialista afirmaba que “el progreso de las naciones, va aparejado a la expansión del
Estado..., llevando con sus armas la seguridad y el orden, con sus magistrados
las leyes y justicia...”[2]
En el N° 5 Rodolfo Irazusta continuaba con el análisis de la temática rural
en relación con la política. Criticaba el desprestigio que tenía en el país la
vida rural, llevando a muchos hacendados a radicarse en la ciudad y a preferir
para sus hijos las profesiones liberales: “No
se resignan a la condición de hacendados
y procuran poseer al mismo tiempo la condición de universitarios...”
Unos renglones más abajo afirmaba: “La
grandeza de Roma, de Francia, de Inglaterra, han coincidido con el predominio
de los hacendados...La democracia odia la riqueza con nombre, que honra y
obliga a su posesor, que establece la natural jerarquía”.
Estas consideraciones se pueden cotejar
con lo que escribía recientemente, Antonio Caponnetto en su obra sobre Juan
Manuel de Rosas. En efecto, en el capítulo denominado “Rosas, aspectos de su
política poblacional”, nos muestra a un fundador fiel al ideal romano de la civitas, “un hombre capaz de fundar e instaurar”. Leemos también: “A este arquetipo humano –que emerge con
nitidez de las páginas de Cicerón, Virgilio, Horacio, Polibio y los mejores
maestros de la latinidad- se lo ha llamado homo
conditor. Sujeto de fundaciones y de vínculos fundacionales que van,
ascendentemente, desde la labor improbus
del agricultor...hasta el servicio civilizador y soberano de establecer una
ciudad, conservarla y defenderla,
ejerciendo justicia sobre toda ella...Señor de la tierra (Rosas), con ese
señorío natural y hecho hábito, comprendió desde su madura juventud, que no
podía haber civilización sin civitas; ni ciudad sin comunidad;
esto es, sin vínculos de buen vivir...Directa o indirectamente debe atribuirse
a su iniciativa, la instalación de las ‘ciudades fuertes’...Era preciso hacerlo
todo...Fomentar la seguridad y la confianza; alentar el asentamiento y el
trabajo metódico; enfrentar a la naturaleza y a los salvajes sin
control...Aumenta los distritos policiales, el número de jueces de paz, de
puestos militares y de parroquias”[3].
O sea, seguridad, justicia y religión, fundamentos de la civilización.
Esta preocupación por el arraigo al
terruño, por fundar una aristocracia de la tierra, por la defensa de dicho
territorio, por un marco legal que funde la vida social y que posibilite el
Bien Común; se hallaban presentes en la acción política de las autoridades
hispánicas durante el período mal llamado “colonial”. En efecto, lo primero que
hacían los fundadores y colonizadores era establecer el “Cabildo”, órgano de la vida política, fundando por tanto un orden
jurídico. Magistrados y justicia, orden de “policía”, como se decía en la
época. El Liberalismo, triunfante en Caseros, y afirmado en Pavón, cambiará
radicalmente el concepto de “civilización”, al que relacionará con la
instauración de un régimen demoliberal, y con la creación del “ciudadano” –fuente
de la soberanía popular-, apto para
integrarse a la nueva realidad política. Para eso será necesario inmigración,
que cambie las características socioculturales del elemento criollo –como
proponía Alberdi-, y “educación” -tal como quería Sarmiento-. Esta concepción
propiamente liberal recibió las críticas del periódico al que nos estamos refiriendo:
“Entre
nosotros se da a la instrucción pública una importancia capital dentro
del Estado...toda la literatura oficial desde Sarmiento alardea de los
progresos de la educación...La educación no es función del Estado; por eso es
siempre mala cuando está a cargo de éste...la justicia es uno de sus fines
primordiales, el segundo después de la seguridad exterior...”[4]
El concepto de soberanía popular, establecido en la Constitución de 1853 pero
afirmado con la ley Sáenz Peña, fue duramente cuestionado por el periódico.
Julio Irazusta, uno de los fundadores del mismo, nos cuenta que la posición de
la publicación era “republicana, pero no
democrática”. Y agrega enseguida: “Datábamos
la aparición de los males en el cuerpo político, de la ley Sáenz Peña”[5].
Justamente en el número 8 de La Nueva
República, Julio Irazusta escribía un artículo denominado República y Democracia. En él sostenía
que “la democracia es la utopía, la
abstracción...El demócrata siempre está a la espera de las condiciones que
harán posible la democracia perfecta. La democracia existente es siempre
mala...Los principios de libertad e igualdad sin restricciones que son el
fundamento de la democracia hacen imposible la organización...La exageración
doctrinaria de los dirigentes demócratas induce al pueblo a confundir con el
servilismo el respeto por los magistrados, por los padres, por los maestros,
por los ancianos, y hasta la misma obediencia de las leyes”[6].
El enmarcamiento de
la cuestión política dentro de un contexto fiel al Orden natural llevaba a
considerar la relación entre política y moral, tema magistralmente abordado por
el célebre jurista Tomás Casares en el número 4: “las sociedades contemporáneas viven en permanente tesitura
revolucionaria. Todos tienen derecho a la revolución porque no existe norma que
sea en sí superior al arbitrio individual...La solución política no puede ser
distinta de la solución moral; más aun, deberá subordinársele”. Y terminaba
Casares afirmando el valor de los deberes por sobre los derechos: “En una palabra, la salvación vendría de un reconocimiento de la supremacía
de los deberes del hombre en cuanto tal sobre los derechos de la persona
individual concreta”[7].
Mucho más se podría
escribir acerca de La Nueva República. El
presente artículo sólo quiere ser una especie de muestreo muy acotado de
algunos de los principios que asomaban desde aquellas páginas. Y certificar que
luego de varias décadas de dominio liberal, aparecía un periódico desde el cual
se proponía la vuelta a los valores clásicos.
JAVIER RUFFINO
[1] Si bien
en 1925 había salido un periódico denominado “La Voz Nacional”, éste tuvo una vida efímera. Por eso el primer
ejemplo relevante de periodismo nacionalista lo constituye La Nueva República, que se subtitulaba como Órgano del Nacionalismo Argentino.
[2]
La Nueva República. N° 2, Dic. 15 de
1927.
[3]
Caponnetto, Antonio. Notas sobre Juan
Manuel de Rosas, 191-211.
[4]
La Nueva República. N° 1, Dic. 1 de
1927.
[5]
Irazusta, Julio. El Pensamiento político
nacionalista. De Alvear a Yrigoyen, 6.
[6]
La Nueva República. N° 8, 15 de marzo
de 1928.
[7]
La Nueva República. N° 4, 15 de enero
de 1928.